"La alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados." — Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1601
Matrimonio
Para unirte en sagrado Matrimonio:
Según el Catecismo (CIC, n. 1625-1632) y el Código de Derecho Canónico (cánones 1083-1107):
- Ambos contrayentes deben estar bautizados para que el matrimonio tenga carácter sacramental. Si solo uno de ellos está bautizado, el matrimonio es válido pero no sacramental, y requiere una dispensa de disparidad de culto otorgada por el obispo.
- Haber recibido el sacramento de la Confirmación. La Iglesia recomienda encarecidamente recibirla antes del Matrimonio, y en algunas diócesis se exige como condición previa.
- Ser mayor de 18 años. En casos excepcionales, el obispo puede conceder dispensa a partir de los 16 años, pero siempre verificando la madurez y la libertad de los contrayentes.
- No haber contraído matrimonio canónico anterior válido. Si hubo un matrimonio previo que terminó en divorcio civil, es necesario obtener la declaración de nulidad del Tribunal Eclesiástico antes de contraer nuevo matrimonio católico. El divorcio civil no disuelve el vínculo sacramental.
- Estar libre de todos los impedimentos canónicos establecidos por el Código de Derecho Canónico, entre los que se incluyen la consanguinidad, el parentesco por afinidad, el orden sagrado, el voto público de castidad, el crimen y otros.
- Actuar con plena libertad interior, sin ningún tipo de coacción física o moral, sin error grave sobre la persona del otro contrayente ni sobre las propiedades esenciales del matrimonio.
- Haber completado el Cursillo Prematrimonial reconocido y avalado por la Arquidiócesis de Cali, que prepara a los novios para asumir con madurez y con fe los compromisos de la vida matrimonial.
- Presentarse ante el párroco con al menos dos meses de anticipación a la fecha deseada para la celebración, a fin de elaborar el expediente matrimonial y verificar la ausencia de impedimentos.
Voz de los Santos
Concilio Vaticano II — Gaudium et Spes, n. 48:
“El amor conyugal es recogido en el amor divino y se rige y enriquece por la virtud redentora de Cristo y la acción salvífica de la Iglesia, a fin de conducir eficazmente a los esposos a Dios y ayudarles y fortalecerles en la sublime misión de padre y madre.”
Santa Gianna Beretta Molla (hecho histórico verificado y documentado en el proceso de canonización):
En 1962, al descubrirse un fibroma uterino durante su cuarto embarazo, Gianna rechazó las opciones médicas que habrían salvado su propia vida a costa de la de su hijo, diciendo a su esposo Pietro y a sus médicos que prefería dar la vida por su bebé antes que salvar la propia.
Murió el 28 de abril de 1962, una semana después del nacimiento de su hija Gianna Emanuela. Fue canonizada por el Papa Juan Pablo II el 16 de mayo de 2004, en presencia de su esposo e hijos.
Se deben presentar a la Parroquia los siguientes
Documentos requeridos
- Registro Civil de Nacimiento original y reciente de cada contrayente, con vigencia no mayor a seis meses, expedido por la Notaría o Registraduría correspondiente.
- Partida de Bautismo original y reciente de cada contrayente, con vigencia no mayor a tres o seis meses según la parroquia, expedida por la parroquia donde fue bautizado, con las notas marginales actualizadas que reflejen los sacramentos recibidos.
- Partida de Confirmación original de cada contrayente, o verificación de la nota marginal correspondiente en la Partida de Bautismo.
- Certificado del Cursillo Prematrimonial reconocido por la Arquidiócesis de Cali.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada contrayente.
- Fotografía reciente tamaño 3×4 cm de cada contrayente.
- Los novios deben asistir a la entrevista personal con el sacerdote, acompañados de dos testigos mayores de edad que los conozcan, para el diligenciamiento del expediente matrimonial. Esta entrevista es de carácter obligatorio.
- Si alguno de los contrayentes ha tenido matrimonio civil anterior: sentencia de divorcio debidamente ejecutoriada.
- Si alguno de los contrayentes ha tenido matrimonio católico anterior: sentencia de nulidad matrimonial expedida por el Tribunal Eclesiástico competente.
- Si los contrayentes tienen hijos en común o por separado: Registro Civil de Nacimiento y Partida de Bautismo de cada hijo, para efectos de legitimación canónica.
Todos los documentos deben ser originales y recientes, y deben entregarse en la secretaría parroquial con al menos 30 días de anticipación a la fecha de la celebración.
Verificar que todos los nombres y fechas coincidan exactamente entre los documentos civiles y eclesiásticos.
Para información sobre aranceles matrimoniales y dispensas especiales: arquicali.org o Curia Arzobispal, Tel. (602) 883 8862.
¿Qué es el Matrimonio?
El Matrimonio es el sacramento por el cual un hombre y una mujer bautizados se entregan y aceptan mutuamente en una alianza de amor irrevocable, sellada por Dios y elevada por Cristo a la dignidad de signo sagrado.
No es simplemente un contrato civil ni una institución social: es un sacramento que hace visible en el mundo el amor de Cristo por su Iglesia, un amor total, fiel, fecundo e indisoluble.
El sacerdote o diácono que preside la celebración es el testigo oficial de la Iglesia, pero el signo sacramental lo constituyen los propios esposos con su consentimiento libre y pleno (CIC, n. 1623).
Según el Catecismo de la Iglesia Católica (CIC) n. 1641-1642
¿Por qué la unión en sagrado Matrimonio?
1. Gracia propia para amar con el amor con que Cristo amó a la Iglesia
Este es el efecto más específico y más sublime del Matrimonio como sacramento.
La gracia matrimonial no es una gracia genérica: es una gracia particular, propia y específica de esta vocación, que capacita a los esposos para amarse con un amor que supera las fuerzas puramente humanas. El amor natural entre un hombre y una mujer es bello y poderoso, pero es frágil y limitado.
La gracia del Matrimonio lo eleva, lo purifica, lo fortalece y lo transforma en reflejo del amor de Cristo por su Iglesia, que es un amor total, fiel, fecundo y hasta la muerte.
“Esta gracia propia del sacramento del Matrimonio está destinada a perfeccionar el amor de los cónyuges y a fortalecer su unidad indisoluble” (CIC, n. 1641).
2. Santificación mutua de los esposos
Los esposos no solo reciben la gracia de Dios cada uno por separado: se convierten el uno para el otro en instrumentos de santificación.
El amor conyugal vivido con fe, con paciencia, con generosidad y con perdón es un camino real y concreto hacia la santidad.
Las pequeñas y grandes renuncias de la vida matrimonial, la fidelidad en los momentos difíciles, el cuidado del cónyuge enfermo, la crianza de los hijos, el servicio cotidiano y silencioso, todo ello se convierte, bajo la acción de la gracia sacramental, en materia de santificación.
El hogar cristiano es una auténtica escuela de amor.
3. Gracia para la educación de los hijos en la fe
El Matrimonio está ordenado por su propia naturaleza a la generación y educación de los hijos. Pero esta paternidad y maternidad no es solo biológica sino también espiritual: los padres son los primeros y principales educadores de la fe de sus hijos.
El Catecismo enseña que “los padres tienen la misión de enseñar a sus hijos a orar y a descubrir su vocación de hijos de Dios” (CIC, n. 2226).
La gracia del Matrimonio capacita a los esposos para ejercer esta misión con sabiduría, con amor y con coherencia de vida, siendo testigos creíbles del Evangelio ante sus propios hijos.
4. Testimonio visible del amor de Dios en el mundo
El matrimonio cristiano tiene una dimensión profética: es un signo visible, concreto y cotidiano del amor de Dios por la humanidad.
Cuando un matrimonio vive su vocación con fidelidad, su vida se convierte en una proclamación silenciosa pero elocuente del Evangelio.
En un mundo marcado por la cultura del descarte, la inestabilidad afectiva y el miedo al compromiso definitivo, un matrimonio fiel y amoroso es en sí mismo una forma de evangelización, un testimonio que interpela y atrae.
5. Unión indisoluble que refleja la alianza de Dios con su pueblo
La indisolubilidad del matrimonio no es una imposición arbitraria de la Iglesia, sino el reflejo de la fidelidad eterna de Dios a su pueblo.
A lo largo de toda la Sagrada Escritura, Dios describe su relación con Israel y con la Iglesia usando la imagen del amor conyugal: un amor que no se rinde, que perdona, que espera, que restaura.
El matrimonio cristiano está llamado a encarnar esa misma fidelidad en la historia concreta de dos personas, en sus alegrías y en sus crisis, en su juventud y en su vejez, hasta que la muerte los separe.
Fundamento Bíblico
Matrimonio
"Lo que Dios unió, que no lo separe el hombre" (Marcos 10, 9).
Esta indisolubilidad no es una carga impuesta desde fuera, sino una exigencia intrínseca del amor verdadero, que por su propia naturaleza quiere ser para siempre (CIC, n. 1644).
"Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán los dos una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne. Por tanto, lo que Dios unió, que no lo separe el hombre."
— Marcos 10, 7-9
"Maridos, amad a vuestras mujeres, como Cristo amó a la Iglesia y se entregó a sí mismo por ella, para santificarla."
— Efesios 5, 25-26
Lectura complementaria
Noticias sobre la Confirmación
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